La gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto de la Cámara 165, que se convierte en la Ley 26-2026, conocida como la “Ley para la Regulación de Espacios Sanitarios Públicos”. Esta legislación prohíbe los baños inclusivos en las dependencias gubernamentales, municipios y en la Universidad de Puerto Rico (UPR).
El gobierno sostiene que la ley es cónsona con su compromiso con la seguridad, la dignidad y la protección de las personas en espacios públicos. Además, indica que está alineada con la Orden Ejecutiva 14168, firmada por el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, titulada “Defensa de las Mujeres frente al Extremismo de la Ideología de Género y Restablecimiento de la Verdad Biológica”.
La medida fue presentada el 9 de enero de 2025 por la portavoz de Proyecto Dignidad en la Cámara de Representantes, Lisie J. Burgos Muñiz, y enviada a La Fortaleza el 23 de febrero de 2026. Contó con 12 coautores del Partido Nuevo Progresista (PNP), entre ellos José F. Aponte, Ensol Rodríguez, Wanda Del Valle, Carmen Medina, Omayra Martínez, Emilio Carlo, Fernando Sanabria, Edgar Robles, Jorge “Georgie” Navarro y Sergio Estévez.
La nueva ley establece como política pública proteger la dignidad humana, la intimidad personal y la seguridad de quienes utilizan facilidades sanitarias públicas. Dispone que los baños múltiples se dividan conforme al sexo biológico, con instalaciones separadas para mujeres y hombres. Además, contempla la existencia de baños asistidos o familiares para personas con diversidad funcional, adultos mayores o menores que requieran asistencia, los cuales deberán garantizar privacidad mediante divisiones de piso a techo.
Las agencias que incumplan las disposiciones estarán sujetas a multas administrativas de $5,000 por infracción, hasta un máximo de $15,000. Los fondos se destinarán al Centro de Ayudas a Víctimas de Violación (CAVV).
La ley prohíbe expresamente la instalación de baños inclusivos mixtos o neutros en agencias estatales, requiriendo una rotulación clara según el sexo biológico. En su Exposición de Motivos, el estatuto argumenta que los baños deben preservar la privacidad y evitar situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de las mujeres. Además, cita incidentes en Estados Unidos y expresiones de mujeres sobrevivientes de violación que se oponen a las políticas de baños inclusivos.
Las disposiciones no aplicarán para niños y preadolescentes de hasta 12 años cuando utilicen baños regulares o familiares.




