La gobernadora Jenniffer González Colón firmó una medida que enmienda la Ley 54 contra la violencia doméstica con el fin de evitar que personas convictas por agresión sexual conyugal, o sus tentativas, puedan beneficiarse de programas de desvío en lugar de cumplir tiempo en prisión.
La Fortaleza informó que el Proyecto del Senado 609 modifica el Artículo 3.6 de la Ley 54 para eliminar esa posibilidad. La pieza legislativa fue presentada por el senador Héctor González López y coautorizada por los senadores Jamie Barlucea Rodríguez, Ada Álvarez Conde, Brenda Pérez Soto, Héctor Sánchez Álvarez, Rafael Santos Ortiz, Luis Colón La Santa y Wilmer Reyes Berríos.
“El objetivo de la medida es reafirmar el compromiso del Estado con las víctimas sobrevivientes y con la integridad del sistema de justicia al eliminar una alternativa incongruente y peligrosamente permisiva tratándose de delitos de agresión sexual”, subrayó González en declaraciones escritas.
La exposición de motivos explica que el Artículo 3.6 aún permitía que una persona convicta por agresión sexual conyugal pudiera acogerse a un programa de rehabilitación, lo que el nuevo texto elimina. La enmienda establece que, tras el juicio, el tribunal podrá suspender los procedimientos y someter a la persona convicta a libertad a prueba solo si participa en un programa de reeducación sobre conducta maltratante, según lo define la propia Ley.
Además, dispone que únicamente los delitos sancionados en la Ley 54 cualifican para este tipo de desvío, y el tribunal deberá escuchar al Ministerio Fiscal antes de tomar una determinación. También deberá considerar la opinión de la víctima y fijar los términos de la libertad a prueba, que durará no menos de un año ni más de tres. Si la persona incumple las condiciones, el tribunal podrá revocar el beneficio y dictar sentencia.
Entre enero de 2021 y diciembre de 2023 se registraron más de 2,300 casos de violencia sexual en relaciones de pareja, un aumento del 18% respecto a trienios anteriores. Desde 2021, se han firmado más de 20 estatutos para enmendar la Ley 54, la mayoría dirigidos a tipificar nuevos delitos o aumentar penas, aunque defensoras señalan rezagos en su implementación y fiscalización.
A casi 37 años de su aprobación, la Legislatura analiza dos proyectos para derogar la Ley 54 y sustituirla por un nuevo código. No obstante, expertas se oponen a su eliminación, insistiendo en una mejor ejecución de la ley vigente. Desde 1989, la norma ha sido enmendada más de 42 veces, incluyendo una decena de enmiendas durante el pasado cuatrienio, marcado por el estado de emergencia tras los feminicidios de Keishla y Andrea.
En la actual administración ya se aprobaron dos nuevas enmiendas: la Ley 5-2025, que penaliza las amenazas de maltrato a las mascotas de las víctimas, y la Ley 138-2025, que exige al Estado entregar un plan de acción a la sobreviviente cuando exista una orden de protección.
En la Cámara de Representantes, Wanda del Valle presentó el Proyecto de la Cámara 125 para sustituir la Ley 54 por un “Código Integral para la Prevención, Intervención y Atención contra la Violencia Doméstica en Puerto Rico”. En el Senado, Roxanna Soto Aguilú radicó el PS 1145 para crear una nueva “Ley Integral para la Prevención, Protección, Atención, Intervención y Respuesta Coordinada a la Violencia Doméstica y a la Violencia en las Relaciones Afectivas e Íntimas”.




