El Proyecto de la Cámara 310, que según sus opositores restringiría la capacidad ciudadana de defender los recursos naturales en los tribunales, llegó a La Fortaleza para la evaluación de la gobernadora Jenniffer González. La Cámara de Representantes concurrió con las enmiendas introducidas por el Senado, allanando el camino para su firma.
La medida fue aprobada con 35 votos del Partido Nuevo Progresista (PNP), excepto los representantes José “Che” Pérez, quien votó en contra, y José Aponte Hernández, que se abstuvo. El Partido Popular Democrático (PPD), el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y la representante de Proyecto Dignidad, Lisie Burgos, votaron en contra.
El autor del proyecto, el representante Jorge “Georgie” Navarro, junto a su colega Luis J. Jiménez Torres, defendió la aprobación afirmando que permitirá procesos más ágiles y confiables para el desarrollo del país. “Con la firma de la gobernadora, daremos un golpe final a la incertidumbre que, por años, ha frenado el progreso”, declaró Navarro.
El proyecto enmienda el Artículo 14.1 de la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico” (Ley 161-2009) para establecer que quienes presenten recursos judiciales o administrativos por presuntas violaciones en obras de construcción deberán demostrar un “daño inminente”. Además, toda solicitud de paralización tendría que venir acompañada del pago de una fianza no menor al 10% del valor del proyecto.
La portavoz del PIP en el Senado, María de Lourdes Santiago, criticó que esta disposición hará “económicamente imposible” para comunidades y organizaciones presentar objeciones, por el alto costo que implica. “Durante este cuatrienio se han aprobado medidas que socavan la protección ambiental y limitan la participación ciudadana bajo el pretexto del desarrollo económico”, advirtió.
El planificador y arquitecto Pedro Cardona Roig señaló que ya existen mecanismos para evitar demandas frívolas y que los jueces pueden imponer sanciones cuando así lo amerite. En su opinión, el reto será definir qué se considera “daño inminente”, ya que si se espera a que el daño ocurra, “se contradice el principio básico de protección a la vida”.
El PC 310 también modifica la definición de “suelo rústico especialmente protegido”, permitiendo su uso para proyectos catalogados como estratégicos o de infraestructura crítica, siempre que se demuestre su compatibilidad con la conservación ambiental. Para Santiago, la medida podría abrir la puerta a excepciones que pongan en riesgo áreas de alto valor ecológico.




