Padres podrán reclamar restos fetales tras pérdidas gestacionales menores de 20 semanas

Jenniffer González firmó la Ley 42-2026, que permite a padres solicitar los restos fetales y recibir un certificado especial del Departamento de Salud.
La gobernadora Jenniffer González firmó la nueva ley, que también establece que el Departamento de Salud deberá entregar un certificado “especial” a los progenitores

La gobernadora Jenniffer González firmó una nueva ley que permite a madres y padres solicitar los restos fetales producto de pérdidas gestacionales de menos de 20 semanas, los cuales dejarán de ser tratados como “desperdicios biomédicos”. La medida también dispone que el Departamento de Salud emita un certificado especial para su registro.

La Ley 42-2026 enmienda la Ley para el Manejo de los Desperdicios Biomédicos Regulados con el fin de excluir de esa clasificación los restos fetales humanos resultantes de pérdidas tempranas de gestación, sin importar su peso, siempre que los progenitores soliciten su entrega conforme a los protocolos del Departamento de Salud.

El estatuto, coautoría de los senadores Thomas Rivera Schatz y Joanne Rodríguez Veve, ordena además la creación de un “certificado especial” para inscribir a los niños nacidos muertos. Dichos certificados serán archivados separadamente en un libro especial del Departamento de Salud.

Según un comunicado de La Fortaleza, “la medida fortalece la protección de la dignidad humana y la sensibilidad institucional frente a un asunto de profunda carga emocional”. El entonces Proyecto del Senado 756 contó también con la participación de los senadores Wilmer Reyes, Jeison Rosa, Brenda Pérez, Rafael Santos, Luis D. Colón y Ángel Toledo, y fue aprobado unánimemente en Cámara y Senado.

El certificado especial llevará la palabra “natimuerto” en lugar del nombre de la criatura. No será requerido para fetos con menos de cinco meses de gestación intrauterina, salvo que alguno de los padres lo solicite.

La medida también modifica la Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico para permitir que las funerarias reciban estos restos fetales cuando se presente el certificado especial. Estos establecimientos no podrán rechazar las solicitudes de disposición.

La Asociación de Hospitales y el Departamento de Salud respaldaron la legislación durante el proceso legislativo. Salud argumentó que las normas anteriores clasificaban automáticamente estos restos como desperdicios biomédicos, “sin ofrecer a los padres alternativa de reclamación o de disposición digna”. La agencia sostuvo que la medida responde a la política pública de respeto a la dignidad humana y al reconocimiento del impacto emocional, espiritual y social de estas pérdidas.

Iniciativas similares están vigentes en varias jurisdicciones de Estados Unidos, donde se reconoce el derecho de los padres a reclamar y disponer de restos fetales en etapas tempranas de gestación.

El Departamento de Salud deberá capacitar a su personal, enmendar los reglamentos y aprobar los protocolos y órdenes administrativas necesarios para implementar la Ley 42-2026 en un plazo de 120 días.

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