Justicia solicita al Supremo revertir fallo que invalidó parte del delito de feminicidio

El Departamento de Justicia pidió al Tribunal Supremo revisar la decisión que declaró inconstitucional una circunstancia del delito de feminicidio.
El recurso alerta sobre las potenciales consecuencias de la reciente determinación del Tribunal de Apelaciones

El Departamento de Justicia presentó un recurso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico para revertir la decisión del Tribunal de Apelaciones que declaró inconstitucional una de las once circunstancias del delito de feminicidio, en el caso de un hombre acusado de asesinar a su esposa en Villalba.

El documento de 58 páginas, firmado por el procurador general Omar Andino Figueroa, señala cuatro errores que a juicio de Justicia cometió el foro apelativo, entre ellos reconocer legitimación activa al acusado, concluir que el delito no responde a un interés gubernamental apremiante y afirmar que la disposición es vaga y afecta la presunción de inocencia.

“El Foro Apelativo Intermedio no sopesó adecuadamente las normas constitucionales aplicables, ni las alarmantes circunstancias históricas y sociales que impulsaron la tipificación del feminicidio por parte de la Asamblea Legislativa”, argumentó el escrito, que critica que la decisión se tomó “sin considerar debidamente la violencia contra la mujer que vive Puerto Rico”.

A finales de octubre, el Apelativo declaró inconstitucional el Artículo 93(e)(5) del Código Penal, que define como feminicidio los asesinatos cometidos tras actos reiterados o esporádicos de violencia contra la víctima, denunciados o no. Los jueces Carlos Candelaria Rosa, Nery Adames Soto y José Campos Pérez concluyeron que el lenguaje del artículo era vago, violaba la presunción de inocencia y contenía una clasificación irrazonable por razón de sexo.

Justicia alertó que el razonamiento del Apelativo podría extenderse a todo el Artículo 93(e), lo que implicaría la inconstitucionalidad del feminicidio en todas sus modalidades, ya que el delito aplica únicamente cuando la víctima es una mujer.

El caso responde a la acusación contra Luis Santiago Alvarado, de 51 años, por el asesinato de su esposa, Mildred Colón Bonilla, de 50, a quien le disparó en su residencia en Villalba el 16 de febrero. La defensa solicitó desestimar el cargo bajo el subinciso 5, petición que el Tribunal de Primera Instancia de Ponce negó, decisión luego revertida por el Apelativo.

En su apelación, Justicia sostuvo que el acusado no tiene legitimación para invocar derechos de presuntas víctimas masculinas, negó que la norma sea vaga y defendió que orienta claramente sobre la conducta prohibida, sin afectar la presunción de inocencia. Además, sostuvo que el feminicidio responde a un interés gubernamental apremiante: “atajar la violencia contra la mujer y visibilizar este mal social”.

La secretaria de Justicia, Lourdes Gómez, reiteró que el gobierno agotará “todos los remedios judiciales necesarios para defender la constitucionalidad del feminicidio en nuestro ordenamiento”, aunque se abstuvo de comentar fuera del contenido del recurso.

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