La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) advirtió al Tribunal Federal que la anulación del contrato con LUMA Energy podría provocar la eliminación de “todos los actos post-extensión”, es decir, aquellos ocurridos después del 30 de noviembre de 2022, cuando se firmó la prórroga del acuerdo suplementario hasta que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) concluya su proceso de bancarrota.
El planteamiento surgió el mismo día en que el gobierno de Jenniffer González y la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) solicitaron a la jueza federal Laura Taylor Swain devolver a los tribunales estatales las dos demandas que buscan declarar nula dicha extensión. En su moción, la JSF reclamó su derecho a intervenir en el caso bajo el Título III de la ley Promesa.
Según la JSF, invalidar el acuerdo podría conllevar la anulación de “todos los actos post-extensión, incluyendo el caso tarifario que se encuentra en una etapa avanzada ante el Negociado de Energía, en el cual LUMA es el único peticionario”. El organismo reiteró además que, a su entender, LUMA sigue siendo la única opción privada disponible para operar la red eléctrica.
“La Junta de Supervisión y la AEE tienen un interés sustancial en la existencia continua del T&D OMA (acuerdo de operación y mantenimiento del sistema de transmisión y distribución), a menos y hasta que el gobierno presente una alternativa de un operador privado cualificado… y no existe ninguna alternativa discernible de un operador privado”, enfatizó la JSF en su escrito radicado el lunes.
El organismo fiscal estimó que una anulación del contrato “podría causar que la AEE incurra en más de 100 millones de dólares en costos administrativos”, incluyendo un posible cargo de terminación a LUMA, además del “caos” derivado de revertir las acciones llevadas a cabo desde noviembre de 2022.
Mientras, las mociones de la gobernadora y la AAPP para devolver la jurisdicción al foro estatal destacaron que el caso plantea interrogantes inéditas del derecho puertorriqueño que, a su juicio, deben ser atendidas por un tribunal local. Los abogados de González señalaron que la acción bajo sus “poderes de razón de Estado” está exenta de la ley Promesa, pues responde al “interés público” y no busca beneficios monetarios.
“La acción de la gobernadora levanta asuntos de primera impresión sobre estatutos especializados de Puerto Rico; es importante que un tribunal local los resuelva”, sostuvieron. Añadieron que el Tribunal Supremo de Puerto Rico debe atender el caso directamente.
El gobierno argumenta que la extensión del contrato de noviembre de 2022 requería el aval de los representantes del interés público en la junta directiva de la AAPP, como si se tratara de un nuevo contrato de alianza. Asimismo, la AAPP defendió que, como “brazo del Estado”, no es un “ciudadano” para propósitos de jurisdicción federal por diversidad, y que su alegato de nulidad contractual no invalida la cláusula que obliga a ambas partes a litigar en foros estatales.




