Cuando una persona enfrenta una crisis en la que puede representar un peligro para sí misma o para otros, sus familiares pueden acudir al tribunal para solicitar una orden de ingreso involuntario a un hospital, según lo establece la Ley de Salud Mental de Puerto Rico (Ley 408-2000). Sin embargo, en muchos casos, pueden pasar horas o incluso días antes de que un juez autorice dicha orden, retrasando así la posibilidad de que el paciente sea recluido y evaluado por profesionales de la salud.
Ante esta situación, se ha presentado un nuevo proyecto de ley que propone enmendar la Ley 408 con el fin de exigir evaluaciones médicas inmediatas antes de solicitar la orden judicial. La medida busca optimizar el proceso y garantizar que la atención se brinde con rapidez, priorizando el bienestar del paciente.
El proyecto, descrito por sus proponentes como una revisión “pensando en el paciente”, pretende modernizar el manejo de los casos de salud mental en Puerto Rico y evitar demoras que puedan agravar las crisis. La iniciativa continúa en evaluación dentro del proceso legislativo, con el objetivo de fortalecer el sistema de respuesta a emergencias de salud mental en la isla.




