Jenniffer González firma ley que penaliza interrumpir actos religiosos

La gobernadora convirtió en ley una medida que protege las actividades religiosas de actos de fuerza o intimidación.
La medida, de la autoría de Thomas Rivera Schatz, penalizaría a quienes interrumpan eventos tanto en espacios privados como públicos

La gobernadora Jenniffer González firmó la Ley 143 de 2025, que convierte en delito menos grave el interrumpir o impedir una actividad religiosa mediante fuerza, intimidación o violencia, tanto en espacios privados como públicos, según informó La Fortaleza.

“La libertad de religión protege no solo a los individuos en su vida religiosa, sino también a los creyentes cuando ejercen colectivamente su religión a través de manifestaciones públicas tanto en lugares de culto privados como en distintos foros públicos de libre expresión”, señala el nuevo estatuto.

La medida enmienda el Código Penal para añadir el Artículo 179(A), que establece que toda persona que interrumpa o impida un acto religioso de esa manera incurrirá en delito menos grave. Si la persona fue convicta anteriormente por el mismo delito, enfrentará una pena fija de un año de cárcel.

La Ley 143, antes el Proyecto del Senado 503, fue presentada por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y contó con el respaldo de ocho senadores del Partido Nuevo Progresista. El proyecto resalta que los creyentes han enfrentado “dificultades significativas” ante la obstrucción del ejercicio de su fe. Fue aprobado con 20 votos a favor y seis en contra en el Senado, y con 38 a favor y 12 en contra en la Cámara de Representantes.

Además, González suscribió la Ley 141 de 2025, que excluye de responsabilidad penal a las víctimas de trata humana que, bajo coerción o abuso, participen en actividades ilícitas. “El gobierno de Puerto Rico se ha unido a los esfuerzos contra esta forma de esclavitud contemporánea”, expresó La Fortaleza en un comunicado.

Esta ley, derivada del Proyecto del Senado 45 de Rivera Schatz, con la coautoría de las senadoras Joanne Rodríguez Veve y Ada Álvarez Conde, fue aprobada de forma unánime por ambas cámaras legislativas. Entre las exenciones, se contempla cuando la persona haya actuado bajo amenaza física o psicológica de un peligro inmediato, grave e inminente.

La mandataria también firmó medidas para ajustar las sanciones en la Ley 430-2000, conocida como “Ley de Navegación y Seguridad Acuática”, y para enmendar la Ley 135-2020 que creó el Instituto de Ciencias Forenses. Esta última elimina la facultad del juez instructor para realizar investigaciones y autorizar el levantamiento de cadáveres.

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