Tribunal de Apelaciones sostiene que parte del delito de feminicidio es inconstitucional

El foro apelativo denegó la reconsideración del Departamento de Justicia en un caso de feminicidio en Villalba.
La Oficina del Procurador se prepara para acudir ante el Tribunal Supremo en busca de validar la constitucionalidad del subinciso bajo esta modalidad de asesinato en primer grado

El Tribunal de Apelaciones reafirmó su decisión de declarar inconstitucional una de las circunstancias que definen el delito de feminicidio en el Código Penal, al rechazar una solicitud de reconsideración presentada por el Departamento de Justicia en el caso de un hombre acusado de asesinar a su esposa en Villalba.

En menos de una semana, el foro apelativo respondió a los planteamientos del procurador general, Omar Andino Figueroa, quien buscaba revertir la determinación judicial. En su resolución, emitida el martes, los jueces expresaron: “En cuanto a la reconsideración de nuestro dictamen del 31 de octubre de 2025, la declaramos No Ha Lugar. Por lo demás, sepa esta parte que el vocablo mordaz o áspero resulta en pobre sustituto del argumento agudo, cabal y profundo”.

A finales de octubre, el Tribunal de Apelaciones había declarado inconstitucional el Artículo 93(e)(5) del Código Penal, que define como feminicidio aquellos casos en que el acusado haya ejercido actos o manifestaciones reiteradas o esporádicas de violencia contra la víctima, sin importar si fueron denunciadas. La determinación fue tomada por un panel integrado por los jueces Carlos Candelaria Rosa, Nery Adames Soto y José Campos Pérez. Este último emitió un voto particular de conformidad en el que destacó que la controversia se centra en el posible trato desigual hacia un acusado cuando la víctima es mujer en comparación con cuando es hombre.

El caso en cuestión fue presentado por Luis Raúl Santiago Alvarado, acusado del feminicidio de Mildred Beatriz Colón Bonilla, de 50 años, quien solicitó la revocación de una decisión del Tribunal de Primera Instancia de Ponce que había rechazado su petición de desestimación.

Ante la resolución, la secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres, reiteró que la agencia “agotará todos los remedios judiciales necesarios para defender la constitucionalidad del feminicidio en nuestro ordenamiento”. Añadió que “la política pública de esta administración es de cero tolerancia a la violencia en contra de la mujer”.

La secretaria auxiliar de asesoramiento de Justicia, Ketsy García, informó que el Departamento cuenta con 30 días, a partir del martes, para acudir al Tribunal Supremo y buscar revertir la determinación del foro apelativo. “El Departamento de Justicia tiene el deber de defender la constitucionalidad de la ley. En este caso, el feminicidio es una modalidad del asesinato en primer grado, así que, como se denegó la reconsideración, estamos evaluando y nos estamos preparando para acudir al Tribunal Supremo”, expresó García en declaraciones a El Nuevo Día.

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