El Departamento de Justicia presentó una solicitud de reconsideración ante el Tribunal de Apelaciones, tras la decisión de un panel de tres jueces —Carlos Candelaria Rosa, Nery Adames Soto y José Campos Pérez— que declaró inconstitucional parte del lenguaje del delito de feminicidio en el Código Penal de Puerto Rico.
Según informó Justicia en declaraciones escritas a El Nuevo Día, “el procurador general, Omar Andino Figueroa, presentó una solicitud de reconsideración en el Tribunal Apelativo en relación a la determinación sobre el delito de feminicidio”.
La controversia gira en torno al Artículo 93(e)(5) del Código Penal, que define el feminicidio como un asesinato que ocurre cuando “el sujeto haya realizado actos o manifestaciones esporádicas o reiteradas, de violencia en contra de la víctima, independientemente de que los hechos fueran denunciados o no”. El foro intermedio concluyó que ese subinciso vulnera el debido proceso de ley y la presunción de inocencia de un acusado.
El caso que motivó la decisión involucra a Luis Raúl Santiago Alvarado, imputado del feminicidio de su esposa, Mildred Beatriz Colón Bonilla, de 50 años. El 10 de julio, Santiago Alvarado presentó un recurso para revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Ponce, alegando que dicho tribunal erró al rechazar su petición de desestimación del caso.
En su moción de reconsideración, Justicia argumentó que “el Ministerio Público no solo está llamado a establecer la ocurrencia de un feminicidio y su conexión con el acusado, sino que, además, tiene el deber de demostrar que el acusado realizó los referidos actos y manifestaciones, y que cuenta con prueba directa o circunstancial para probar este hecho más allá de duda razonable”.
Por último, la agencia reafirmó su compromiso con la defensa de la legislación que protege los derechos de las mujeres. “La política pública de esta administración es una firme y clara defensa de los derechos de las mujeres. Reafirmamos nuestro compromiso en agotar todo el trámite apelativo que procede en defensa del estatuto”, señaló Justicia.




