El Tribunal de Apelaciones revocó una sentencia del Tribunal de Aguadilla que había desestimado, a solicitud de agencias estatales y municipales, una demanda contra la construcción del proyecto Paseo Ciclístico y Peatonal en Rincón.
En una sentencia de 33 páginas, el panel integrado por los jueces Juan Hernández Sánchez (presidente), Waldemar Rivera Torres y Ricardo Marrero Guerrero determinó, tras analizar la grabación de las vistas, que procedía revocar el dictamen anterior. La decisión se da tras la petición de revisión presentada por los demandantes Annette Blasini, Michelle Díaz Beltrán, Kathleen Engstrom, Anna Martín, Jacob Huck, Daniel Shields y Gregory Engstrom.
El fallo del Tribunal de Aguadilla había favorecido las solicitudes de desestimación del Municipio de Rincón, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), la Autoridad de Carreteras y la ingeniera Alexandra Velázquez. Sin embargo, el Apelativo halló que los demandantes sí presentaron fundamentos suficientes para continuar el caso.
En su demanda, los apelantes pidieron detener las obras, alegando que la construcción era ilegal y solicitaron revocar los permisos otorgados al amparo del proyecto que inicia en la antigua planta nuclear (playa Domes) y termina en el balneario local. Desde finales de 2025, el Apelativo mantuvo paralizadas las obras dentro de la Reserva Marina de Tres Palmas mientras atendía el recurso.
Los demandantes sostuvieron que la OGPe otorgó el Permiso Único Incidental Operacional (PUI) bajo una exclusión categórica sin notificación ni vistas públicas, y que ello violó su derecho a participar en las decisiones que afectan los recursos naturales. También alegaron que la Autoridad de Carreteras usó información incorrecta, un deslinde costero con más de 17 años de antigüedad y una declaración de impacto ambiental de otro proyecto.
Las agencias demandadas y el municipio defendieron la legalidad del proceso. El Municipio de Rincón, por ejemplo, argumentó que su endoso no lo hacía parte indispensable del pleito y que la demanda carecía de justiciabilidad.
El Tribunal de Apelaciones concluyó que el foro primario erró al considerar insuficiente la prueba presentada. Según el fallo, la falta de notificación previa a los vecinos violó la Ley de Permisos y les impidió participar en el trámite administrativo, lo que afecta la validez del proceso. Además, el uso de un deslinde tan antiguo levantaba dudas sobre la información usada para evaluar el proyecto.
“Consideradas en conjunto estas circunstancias —la magnitud del proyecto, la exclusión categórica, la descarga hacia aguas costeras, el deslinde antiguo y la falta de notificación a colindantes— se levantó una controversia sustancial de hecho y derecho”, estableció la sentencia.
En consecuencia, el Apelativo revocó la decisión del Tribunal de Aguadilla, eliminó la imposición de honorarios a las partes demandantes y ordenó que el caso continúe su curso en el foro original.




