OAT rechaza reforma judicial impulsada por Thomas Rivera Schatz

La Oficina de Administración de Tribunales y el Colegio de Abogados alertan sobre posibles inconstitucionalidades en la medida del Senado.
En la primera vista pública sobre la medida se evidenciaron las posturas encontradas entre entidades como el Colegio de Abogados y Abogadas y el gremio que agrupa a los jueces del país

La Oficina de Administración de Tribunales (OAT) y el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (Caapr) expresaron una oposición contundente al Proyecto del Senado 1096, propuesto por el presidente legislativo Thomas Rivera Schatz. El proyecto busca redistribuir entre el pleno del Tribunal Supremo varias facultades administrativas que actualmente ejerce su juez presidente.

Durante una vista pública de la Comisión de lo Jurídico, el director de la OAT, Sigfrido Steidel Figueroa, advirtió que la medida tendría visos de inconstitucionalidad y afectaría la estructura operativa del poder judicial. “Lo que hace este proyecto es transferir atribuciones propias de la dirección administrativa del poder judicial. Esa redistribución no tiene respaldo constitucional y altera el diseño que ha regido desde la adopción de la Constitución”, sostuvo.

Por su parte, la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura, representada por el juez apelativo Roberto Rodríguez Casillas, apoyó el concepto de ‘coadministración’ incluido en el proyecto, al considerar que quitaría carga decisional a la jueza presidenta sin restarle poderes. Rodríguez Casillas también favoreció la eliminación gradual de las salas municipales del Tribunal de Primera Instancia, aclarando que ese proceso debe ser paulatino.

La presidenta del Caapr, Vivian Godineaux, coincidió con Steidel Figueroa en que el modelo constitucional de 1952 se inspiró en el sistema judicial de Nueva Jersey, el cual otorga al juez presidente de su tribunal supremo la autoridad ejecutiva sobre la rama. “Nuestros constituyentes rechazaron una estructura de administración colegiada”, recalcó Steidel, quien fue designado al cargo por la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez. Godineaux agregó que, desde 2012, la mayoría del Tribunal Supremo ha reafirmado la separación entre la función reglamentaria colectiva del pleno y la autoridad administrativa individual de la jueza presidenta.

El presidente de la Comisión de lo Jurídico, Ángel Toledo López, defendió que el texto del PS 1096 no alude a una administración colegiada, y señaló que el pleno del Supremo tiene potestad para modificar internamente la distribución de responsabilidades. “Lo que quisiera saber es dónde surge que la capacidad de dirigir la administración de los tribunales es exclusiva del juez o jueza presidenta”, dijo el senador novoprogresista.

La Constitución, sin embargo, dispone que el juez presidente dirige la administración de los tribunales y nombra un director administrativo. De entrar en vigor, la medida trasladaría esos poderes al pleno del Supremo, compuesto mayormente por jueces nominados por gobiernos del Partido Nuevo Progresista.

El portavoz popular en el Senado, Luis Javier Hernández, advirtió que solo una enmienda constitucional podría viabilizar un cambio de esa magnitud. Finalmente, Amircal Gerena Román, presidente de la Asociación de Empleados Judiciales, exhortó al Senado a fortalecer los principios de antigüedad y mérito dentro del sistema de justicia.

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